Se informa que, a partir del domingo 25 de mayo de 2025, los electores que no hayan recibido las papeletas electorales para el voto por correspondencia en ocasión del referéndum abrogativo del 8 y 9 de junio a la dirección de residencia registrada pueden solicitar un DUPLICADO a esta Embajada.
La solicitud de duplicado podrá ser presentada personalmente ante la Oficina consular o enviada por correo, correo electrónico ordinario (assunzione.elezioni@esteri.it) o por correo electrónico certificado (amb.assunzione@cert.esteri.it). La solicitud – que puede ser redactada utilizando el modelo disponible aquí – deberá estar acompañada de un documento de identidad válido.
Los electores que soliciten el duplicado de la boleta electoral deberán declararse en conocimiento de las responsabilidades penales que son consecuencia del doble voto, previstas en el Art. 18, inciso 2 de la Ley 459/2001, que dispone: “Quien, en ocasión de las elecciones de las Cámaras y de los referéndum, vota tanto por correspondencia como en la Sede de la última inscripción en Italia, es decir, vota más veces por correspondencia es punible con pena privativa de libertad de uno a tres años o con multa de € 52 a € 258”.
Efectuadas las correspondientes verificaciones, esta Embajada proveerá las indicaciones necesarias a los interesados para la emisión del duplicado. El duplicado podrá ser enviado al domicilio de residencia del elector solicitante (si existe aun al tiempo de la recepción de la papeleta) o efectuado personalmente, en los horarios de atención de la Oficina consular (de lunes a viernes de 9h a 12h y de 14h a 15.30h).
Se recuerda que esta Sede, exclusivamente para la emisión de los duplicados de las papeletas electorales y de manera extraordinaria, tendrá los siguientes horarios de atención al público (además del horario habitual):
- Domingo 25 de mayo de 10h a 13h;
- Sábado 31 de mayo de 10h a 13h; y,
- Domingo 1 de junio de 10h a 13h.
Por último, se recuerda que los sobres que contengan las papeletas en las cuales el voto ha sido efectuado deberán ser recibidos en esta Embajada hasta las 16h del día 5 de junio de 2025, como plazo perentorio.